Medida y fondo
Interior, en la documentación para tramitar el DNI, y el Real Decreto 255/2025 (artículo 6) piden «tamaño 32 por 26 milímetros» y «fondo uniforme blanco y liso». No dicen en esa frase si 32 es el alto. El archivo de la herramienta es un retrato de 32 mm de alto y 26 mm de ancho.
El rostro
- De frente, cabeza descubierta, salvo la excepción de más abajo.
- Los ojos abiertos. Si hay gafas de ver, tienen que dejar verlos.
- Sin gafas de cristales oscuros. Excepción: personas invidentes, o con un defecto grave en alguno de los ojos, de carácter permanente o de larga duración, que las usen habitualmente.
- En la renovación, el portal del DNI dice que la foto debe representar fielmente a la persona, que pueden rechazar las que hagan confusa la identificación, y que las orejas no tienen por qué visualizarse. Un flequillo no puede tapar cejas, ojos, nariz, boca y mentón. Un complemento para el pelo (diadema, horquilla, goma) debe ser discreto.
Prenda de cabeza
Se admiten imágenes con prenda de cabeza por motivos religiosos o médicos, siempre que muestren totalmente descubierto el óvalo del rostro desde el nacimiento del pelo hasta el mentón: frente, cejas, ojos, nariz y boca. La frente no puede ir cubierta por prendas.
Quién aporta la foto
El ciudadano, en la regla general, lleva la fotografía: figura en la lista de documentos de la primera inscripción y de la renovación. A la vez, Interior escribe que «dicha fotografía podrá ser realizada de forma automatizada en aquellas Unidades de Documentación dotadas de ese recurso técnico». En la renovación añade que, donde haya un Módulo de Expedición Múltiple, se podrá tomar la imagen de manera directa aunque el interesado aporte la fotografía. El portal del DNI concreta ese módulo para renovaciones sin cambio de datos.
La antigüedad máxima de 2 años está en la página de renovación del DNI electrónico, no en el párrafo general de «fotografía reciente».
Pasaporte y TIE
| Documento | Qué publica la fuente | Archivo de esta web |
|---|---|---|
| DNI | 32 por 26 mm, fondo blanco y liso, de frente. | 32 mm de alto × 26 mm de ancho. Código spain-dni. |
| Pasaporte | 32 x 26 mm, fondo blanco y liso, óvalo visible, papel fotográfico. No hace falta si el DNI se expide el mismo día. | El mismo retrato. Código spain-passport. |
| TIE | Fotografía reciente, en color, fondo blanco, tamaño carné. Sin milímetros en esa ficha. | El retrato del DNI. Código spain-dni. |
| NIE | Es un número, no una foto. | No hay un archivo distinto. |
Fuentes
- Ministerio del Interior. Documentación necesaria para tramitar el DNI.
- Portal del DNI electrónico. Renovación del DNI.
- BOE. Real Decreto 255/2025, por el que se regula el DNI.
- Ministerio del Interior. Procedimiento de expedición del pasaporte.
- Portal del DNI electrónico. Requisitos para obtener el pasaporte.
- BOE. Real Decreto 896/2003, pasaporte ordinario, artículo 4.
- Ministerio del Interior. Tarjeta de identidad de extranjero.
- FNMT. El NIE no acredita por sí solo la identidad.
- Consulado de España en México. El NIE consular es un certificado; la tarjeta se emite en España.
Para generar el archivo, vuelve a la herramienta o a la hoja de impresión.
Preguntas frecuentes
¿32 por 26 es alto por ancho?
Interior escribe «32 por 26 milímetros» y «32x26 milímetros» sin decir en esa frase cuál cifra es el alto. El archivo de esta herramienta es un retrato de 32 mm de alto y 26 mm de ancho (307 por 378 píxeles a 300 ppp). Es el formato vertical de carné.
¿El fondo puede ser gris o azul?
Para el DNI y el pasaporte, Interior pide fondo uniforme blanco y liso. No publica un gris ni un azul para esos dos documentos. La herramienta deja el fondo blanco.